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Políticas de Reserva y Atención

Artículo 1

Cuando le pedimos llenar los campos de información personal con la cual usted pueda ser identificado, lo hacemos asegurando que sólo se emplea de acuerdo con los términos de este documento. Sin embargo este documento puede cambiar con el tiempo o ser actualizado, por lo que le recomendamos y enfatizamos revisar continuamente esta página para asegurarse que está de acuerdo con dichos cambios.

Artículo 2

Centro Integral Veterinario cuenta con médicos veterinarios y funcionarios capacitados y comprometidos con el bienestar de los pacientes, conforme la ley Ley N° 21.020, sobre Tenencia Responsable de Animales y su reglamentación complementaria.

Artículo 3

Para acceder a la atención los tutores de un paciente deben presentar su Cédula Nacional de Identidad vigente y ser mayor de edad.

Artículo 4

La clínica no se hace responsable por pérdidas al interior del recinto, en el caso de que algún paciente ingrese con algún bien material, será deber del tutor solicitarlo al momento de retirarse de la misma.

Artículo 5

Sea puntual, recuerde que debemos respetar las horas reservadas de todos nuestros clientes y pacientes, si no llega puntualmente a su hora puede ser cancelada, y se podrá reagendar en función de la disponibilidad de atención.

Artículo 6

Se ruega avisar con anticipación de 6 a 12 horas previas a su reserva la cancelación o reagendamiento al teléfono de secretaría 632201298 o al email centrointegralveterinario@gmail.com

Artículo 7

La reserva realizada debe ser pagada de inmediato mediante los medios de pagos ofrecidos.

Artículo 8

El día de la consulta el paciente debe presentarse en la clínica con al menos 10 minutos previos a la hora reservada.

Artículo 9

La hora agendada será respetada hasta 5 minutos de atraso, posterior a este tiempo el profesional podrá autorizar el ingreso de acuerdo a la disponibilidad de la agenda. Si no fuera posible la atención el paciente deberá reagendar la hora.

Artículo 10

En caso de no contar con reserva de hora para cualquiera de nuestros servicios, deberá esperar de acuerdo al orden de llegada que exista para el momento de la atención, y, adicionalmente, deberá pagar un recargo por sobrecupo. 

Artículo 11

Todo paciente que ingrese a la clínica será de exclusiva responsabilidad de su tutor, si por cualquier motivo no se retirare el paciente al término del procedimiento médico que se le realice y se dejara abandonado en las dependencias de la clínica, se tomarán las acciones judiciales que correspondan en contra del dueño o tutor.

Artículo 12

El tutor debe recoger y limpiar las necesidades fisiológicas del paciente (orina y heces) en la sala de espera y patio de la clínica veterinaria.

Artículo 13

Todo paciente debe ingresar con algún medio de sujeción, de manera que se mantenga un permanente control sobre el paciente. En caso de los felinos deben obligatoriamente ingresar en contenedores de transporte: jaulas, bolsos, mochilas u otros similares, de no ser así no podrá ingresar.

Artículo 14

El tutor del paciente debe cuidar y resguardar las instalaciones de la clínica, cualquier daño a las mismas debe ser debidamente indemnizado.  La clínica se reserva el derecho de ejercer las acciones pertinentes ante los tribunales de justicia competentes.

Artículo 15

En caso de que el paciente sea agresivo, este debe ser contenido adecuadamente por el tutor, los caninos deben portar un bozal, así se evita poner en riesgo la integridad física del médico tratante o la del mismo tutor. Si el médico lo estima conveniente, se deberá realizar procedimiento de sedación con consentimiento del tutor. De no ser así este no será atendido bajo ninguna circunstancia.

Artículo 16

Al momento del ingreso del paciente, se le informará al dueño o tutor sobre los costos implicados en la atención médica que se realizará al paciente en el establecimiento y al finalizar la atención se generará una cuenta que deberá ser pagada por el tutor. Toda consulta médica ya sea la primera o control, debe ser pagada de acuerdo a los montos establecidos por Centro Integral Veterinario.

Artículo 17

Cualquier riesgo, complicación y/o situación imprevista que se produjera durante la atención del paciente, generando una o más prestaciones adicionales no incluidas en el arancel pagado por la atención inicial, se sumarán al costo total, ya sean por hospitalizaciones, intervenciones y/o procedimientos de cualquier naturaleza. Esto se evaluará según cada situación por el médico tratante y/o médico de  turno.

Artículo 18

A todo paciente que reciba atención médica se le realiza una ficha clínica en donde se registran los datos fisiológicos y morfológicos que indican la condición de salud en que se encuentra, junto a los datos personales de su tutor. Este es un documento que contiene datos sensibles y por lo tanto confidenciales. La solicitud de información de la ficha clínica de cada paciente sólo podrá ser solicitada por el tutor de este.

Artículo 19

Si el tutor solicita la epicrisis y/o ficha de hospital del paciente por escrito,  Centro Integral Veterinario tiene un plazo de hasta 5 días hábiles para hacer entrega de esta información a través de dos vías: correo electrónico del tutor, entregado al momento de inscripción del paciente. 2. Retiro del informe por escrito por parte del tutor. En este acto, debe presentar su cédula de identidad y firmar registro de entrega del documento.

Artículo 20

Es deber exclusivo del tutor del paciente entregar al médico veterinario toda la información que posea respecto del paciente  y que el profesional le solicite, evitando omitir información, aunque implique sacar a relucir su propio descuido, para así poder diagnosticar de la mejor forma al paciente a tratar.

Artículo 21

Durante el proceso de atención, es deber del tutor efectuar las consultas que sean pertinentes para una adecuada comprensión respecto al diagnóstico, tratamiento, y otras indicaciones, y seguir las instrucciones del médico veterinario respecto de los tratamientos, suministro de medicamento en las cantidades y en los tiempos indicados.

Artículo 22

El paciente solo podrá ser acompañado de una persona que deberá ser exclusivamente el tutor dentro del box de la clínica que indique el médico veterinario a cargo.

Artículo 23

El paciente que deba ser sometido a cirugía programada deberá llegar a la hora agendada, el tutor debe firmar el consentimiento informado quirúrgico y de anestesia, además de lo anterior deberá firmar al momento de retirar al paciente, el alta respectiva, en caso contrario se registrará como alta sin indicación médica. El no firmar el consentimiento informado será motivo de no ingreso a pabellón.

Artículo 24

La entrega de información sobre el paciente, se realizará directamente en forma verbal al tutor, a través del Médico Veterinario a cargo de los procedimientos que se están realizando o se hubieren realizado.

Artículo 25

La información diaria de pacientes hospitalizados, se realizará por el técnico veterinario o médico veterinario a cargo quien informará telefónicamente, también existe la opción de contacto vía correo electrónico.

Artículo 26

Por normas de seguridad queda prohibido el ingreso y uso de medicamentos personales durante la estadía en la clínica veterinaria, salvo expresa autorización del Médico Veterinario tratante, en cuyo caso los medicamentos serán administrados por el equipo médico.

Artículo 27

El médico veterinario debe ser diligente en el servicio que presta, utilizando todos los conocimientos que posee, desplegando en su actuar sus destrezas, habilidades y experiencia, aplicando todas las técnicas y métodos que conoce para mantener y resguardar la salud e integridad del animal.

Artículo 28

El médico veterinario debe realizar el examen clínico; ordenar la realización de exámenes tales como radiografías, ecografías, toma de muestras, biopsias, etc;  y se debe aproximar a un diagnóstico en base a la información obtenida; brindar el tratamiento adecuado; prescribir los medicamentos necesarios; proveer los cuidados necesarios al paciente que se encuentre bajo su tratamiento, realizar curaciones, chequeo de signos vitales, proporcionarle alimento; practicar las intervenciones solicitadas tales como esterilización, vacunación, desparasitación, preventivas o curativas, entre otras.

Artículo 29

El médico veterinario debe informar, explicarle al cliente, de forma clara y precisa, las posibilidades de éxito y fracaso del tratamiento y de las intervenciones, junto con los peligros y riesgos que puedan afectar su labor, junto con sus propias capacidades y su calidad o no de especialista.

Artículo 30

Queda estrictamente prohibido el consumo de drogas ilícitas, alcohol y tabaco al interior de la clínica veterinaria y en los espacios de ingreso y estacionamiento de esta, el personal estará facultado para solicitarle al mismo que se retire de la clínica y suspender la atención de su paciente.

Artículo 31

Los tutores de los pacientes que se encuentren al interior de la clínica no podrán ocasionar ruidos molestos, de ocasionarlos el personal estará facultado para solicitarle al mismo que se retire de la clínica y suspender la atención de su paciente.

Artículo 32

Queda estrictamente prohibido para los tutores de mascotas que vienen a atenciones médicas u otras personas con o sin mascotas que no vienen a atenciones médicas y que acompañan a los tutores, y que concurran al interior de la clínica veterinaria, grabar o tomar imágenes dentro del recinto, al personal o a los pacientes de esta, sin el consentimiento expreso de la clínica, dicho consentimiento deberá ser solicitado al Médico Veterinario de turno de forma escrita.

Artículo 33

El tutor del paciente debe respetar la privacidad de los demás pacientes y hacer abandono de las instalaciones cuando el personal de la clínica se lo solicite.

Artículo 34

El tutor del paciente debe respetar las áreas restringidas y quirúrgicas dentro de la clínica. Esta medida persigue proteger y dar mayor seguridad en la atención en relación a las infecciones asociadas a la atención de salud.

Artículo 35

Cualquier maltrato de hecho o palabra al personal por parte de tutores de pacientes será causal de prohibición del ingreso al recinto definitivamente. La clínica se reserva el derecho de denunciar agresiones físicas y/o verbales a su personal ante los tribunales de justicia competentes.

Artículo 36

El uso de celulares u cualquier otro dispositivo de grabación queda prohibido en los box de atención mientras el paciente se encuentre recibiendo prestaciones médicas por parte del equipo de la clínica veterinaria.

Artículo 37

Ante cualquier disputa o diferencia que se suscite entre el cliente y la clínica, el reclamo respectivo deberá realizarse por escrito dirigido a la siguiente dirección de correo electrónico: centrointegralveterinario@gmail.com. Centro Integral Veterinario tendrá un plazo de 10 días hábiles para responder dicho reclamo, y hacer los descargos que sean del caso.

Artículo 38

La clínica se reserva el derecho de admisión de clientes que atenten contra criterios objetivos (discriminación, violencia, xenofobia, etc.) o que pongan en riesgo la integridad de la institución o su personal.

Artículo 39

Los únicos medios de pago permitidos por la empresa para los canales de venta física y virtuales son: Efectivo, Transferencia, Tarjetas de Crédito y Débito, Webpay. Por ningún motivo se aceptan cheques. De igual manera, la empresa se reserva el derecho de exigir el comprobante de pago para la correspondiente verificación en caso de ser necesario.

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